DERECHO POLÍTICO
LECCIÓN I
CONCEPTO DE LA POLÍTICA: Es la actividad humana
destinada a influir, obtener, conservar, crear y
extinguir o modificar el poder, la organización o el ordenamiento
de la comunidad.
EL PODER COMO ESENCIA DE LA POLÍTICA : La esencia de la política es el
poder. La política es acción, actividad, obrar actualizado que se
traduce a través de normas jurídicas e instituciones que condicionan
al poder, lo amplían o lo reducen, en tanto que el poder es
el objeto de esa actividad.
SENTIDO GENÉRICO DE LA
POLÍTICA : Se vincula no solamente al Poder Estatal,
sino también a todo tipo de poder organizado, como ser un gremio,
una entidad social, generándose una relación de poder entre quienes
deciden y quienes obedecen.
SENTIDO ESPECIFICO DE LA
POLÍTICA : Se vincula directa y exclusivamente al
Poder Estatal, que a través de la coacción puede
imponer sus decisiones y dominio.
ACEPCIÓN ETIMOLÓGICA: El vocablo Política viene de
Polis, la ciudad estado griega a la que Aristóteles define como la
asociación de varias aldeas o poblados que posee todos los medios
sí para misma, alcanzando el fin
para que fue formada.
ACEPCIÓN VULGAR: Es su acepción vulgar, la política se identifica con lo
útil y lo hábil. Es habilidad para comportarse con beneficio ante
una circunstancia cualquiera. Condensa un
criterio corriente según el cual el hombre político no violente las
circunstancias, sino que condiciona su comportamiento a los
fines requeridos omitiendo la moral en los medios con tal de
alcanzar el fin perseguido.
Cuando se habla de sentido político, se piensa enseguida en
el sentido de la conveniencia y a quienes obran y juzgan el
obrar ajeno es esa forma se les considera provistos de sentido
Político.
En su acepción corriente, se usa el vocablo vinculado al Estado,
al gobierno o a los partidos políticos.
ACEPCIÓN CIENTÍFICA:
En su acepción científica, la política aparece
como el estudio de la organización y gobierno de
las comunidades humanas. Procura el conocimiento
sistemático del Poder, y su institucionalización en el
estado. Tiene como ciencias auxiliares a la historia, a la economía y al
derecho.
COMO IDEA: Comprende el estudio de los fenómenos políticos y
determinar sus relaciones, fijar sus principios y determinar su
regularidad. Es una ciencia valorativa, una ciencia del espíritu, no una
ciencia de la naturaleza.
REALIDAD HOMOGÉNEA DE LA
POLÍTICA : Es una actividad, una forma de obrar, de
comportarse, es una forma de conducta humana, es una lucha por el
poder, es el esfuerzo desde sus principios hasta el momento por
mantenerlo.
DERECHO POLÍTICO: CONCEPTO: Es el estudio de la estructura de la
organización política y sus relaciones con la sociedad, el orden y la
actividad política.
OBJETO: Su objeto es la organización política. Estudia las normas
constitucionales que rigen en un Estado determinado y
en una poca dada.
MÉTODO DE LA INVESTIGACIÓN DE LA CIENCIA POLÍTICA:
Existen 2 tendencias:
1) Simplista; sostiene que en la consideración del estado se da un
aspecto esencial, siendo los restantes secundarios y subordinados.
2) Compleja; porque entiende que el estudio del Estado ha de hacerse en
todas sus fases, mediante una síntesis de la pluralidad de aspectos.
Se distingue también un método
deductivo y otro inductivo.
TÉCNICAS DE INVESTIGACIÓN DE LAS CIENCIAS POLÍTICAS:
a) Como aplicación de valores, deriva en técnica del poder,
en arte del gobierno.
b) Se manifiesta como la lucha, como acción de gobierno y
como empresa comunitaria.
LECCIÓN II
FASES: ESTRUCTURAL Y DINÁMICA: La política es la actividad
que realiza y ejecuta el hombre con intención de influir en la
organización a través del poder. Esa política puede
desarrollarse, "hacerse", tanto desde abajo -por los
hombre- como desde arriba -por los gobernantes-. "Toda la acción
política está orientada a obtener, conservar, limitar,
reducir o ampliar el ámbito del poder". "La actividad
política en sentido estricto y las relaciones de poder cuyo proceso
dinámico constituye la esencia de la política, se originan y
desenvuelven en el nivel del poder político o poder estatal, como
actuación, dirigida a conquistar y conservar los puestos de
mando y dirección, en incesante lucha por el poder político.
a) acciones humanas; b) un proyecto o plan; c) dirigentes y dirigidos;
d) normas o pautas obligatorias para los dirigentes
y dirigidos.
a) Los Gobernantes: Que intentan retener, conservar y ampliar el
poder que ya ejercen.
b) Los Gobernados: Que procuran conquistar y alcanzar el
poder que no tienen y que pretenden ejercer.
Se llama disyuntiva porque implica disputa, tensión.
POLÍTICA PLENARIA: Es la política colectiva o total, en el
que participan tanto los gobernantes como los gobernados, en
forma mancomunada y solidaria.
INFLUENCIA DE LAS IDEAS EN LA ACTIVIDAD POLÍTICA :
No hay sistema político sin ideas políticas.
Las ideas impulsan dinamizan, transforman y cambian los regímenes
políticos, más aún, se plasman en la estructura de ellos.
Ideas y realidad política, sin confundirse, se
influyen. Este interflujo puede observarse en dos sentidos
fundamentales:
a) Las ideas políticas elaboradas por autores, escuelas, movimientos
que pueden encarnarse y cuajar un régimen, en una
realidad, inspirarlo y darle solución y convertirse en la base ideológica de
ese régimen;
b) Las ideas políticas elaboradas por autores, escuelas y
movimientos, en vez de proceder a la realidad y de
influenciarla, producto de esa misma realidad.
Pero sea que las ideas precedan o se anticipen a la realidad, sea que la
realidad ofrezca datos que luego se sistematizan doctrinariamente en una
ideología, siempre y en todo régimen político, el modo concreto de organización
depende de principios ideológicos.
RELACIÓN ENTRE POLÍTICA Y ÉTICA: La política como
ciencia es independiente de la ética; como técnica, se
encuentra relativamente determinada por la ética. Los fines políticos no
pueden ser inmorales. Tampoco pueden serlo los medios.
La ética se relaciona con lo justo y lo equitativo.
El adecuado punto de partida debe ser el reconocimiento de que la
política, como acción humana, debe tener un contenido
RELACIÓN ENTRE POLÍTICA Y ECONOMÍA: Existe un nexo funcional
de recíproca Inter relación entre política y economía.
El poder político reconoce y sanciona las formas de propiedad que
constituyen y son la base de las relaciones económicas. La economía no
puede desenvolverse sin la seguridad jurídica, lo que la pone en conexión
con la política.
FUNCIÓN ECONÓMICA DEL ESTADO SEGÚN LAS DISTINTAS ESCUELAS.
Predica la autonomía de la política con respecto a la economía y
la separación entre una y otra.
MATERIALISMO DIALÉCTICO; Hace de la economía el factor
determinante de la política considerando que la economía es la
infraestructura en función de la cual se da la súper estructura
política.
FORMALISMO; Considera el orden económico como un
fenómeno influenciado por la organización que imprime el
orden político y jurídica.
ECLÉCTICA; Entiende que política y economía recíprocamente implicados.
LECCIÓN III
QUE ES LA
CIENCIA POLÍTICA : Como discusión de valores comprende
el estudio del Poder y de las relaciones políticas para establecer sus
causas y consecuencias, fijar sus principios y determinar sus
irregularidades. No sólo describe los fenómenos políticos
sino que lo somete a críticas procurando aislar objetivamente los elementos
mensurables que los hechos presentan.
CIENCIA DE SÍNTESIS: La ciencia política es y no puede ser
otra que la ciencia del Estado. Tiene un objeto específico
perfectamente determinado, el Estado, la cosa política, con
todas las realidades, nociones y valores que implica
la cosa política: Relación ética, agrupación ética, etc.,
todo lo que se relaciona al Estado.
ORIGEN DE LA
CIENCIA POLÍTICA :
ACTUALIDAD DE LA
CIENCIA POLÍTICA : El objeto de la ciencia política
es el estudio del poder político y su distribución de
la libertad en el ámbito de lo social, como posibilidades de acción
o creación.
NOMBRE DE LA
DISCIPLINA : Se denomina ciencia política al estudio de
las relaciones entre los súbditos y las autoridades públicas de un
Estado. Con este nombre se quiere abarcar la integridad de los
conocimientos sobre la realidad política, comprendiendo los que son
valorativos y normativos.
OBSTÁCULOS PARA LA CONFIGURACIÓN CIENTÍFICA DE LA CIENCIA POLÍTICA
En primer lugar se plantea entre quienes consideran que el estudio
de la política rece exclusivamente sobre la realidad tal cual es, o
sea sobre el hecho, sin emitir ninguna valoración,
no proponer ninguna modificación o esa realidad para otros el
estudio de la política es puramente especulativo, por
que al no comparar lo que es con lo que debe ser, no se
suministran criterios de valor o fin práctico o a un obrar concreto.
CONDICIONANTES DE LA
POLÍTICA : Esta ciencia es normativa cuando buscan
cuales deberían ser estas relaciones y por que medios.
Jurídica, cuando dicen cuales deben ser sobre la constitución en
vigor, históricas cuando relata sus cambios en el curso del tiempo,
sociológica y política cuando examina cuales son; naturalista, se busca
en estas relaciones regular ideas que parecen tener un carácter de necesidad.
INFLUENCIAS DE LAS ESTRUCTURAS SOCIOECONÓMICAS SOBRE LA CIENCIA
POLÍTICA.
Las formas de propiedad se manifiestan como relación de los
hombres entre sí, imponiendo el dominio económico de
unos sobre otros, determinando la situación social diferenciada
entre los que tienen los medios de producción y los que no tienen
otra cosa que la fuerza de trabajo. El poder político es quien reconoce y
sanciona, cristaliza y mantiene las formas de propiedad que constituyen
la base y la esencia de las relaciones económicas.
El Estado como sistema de poder específicamente supraordenado
a la economía. La política no puede sustituir a la economía, pero
puede dirigirla con vistas a suprimir sus contradicciones,
su carácter agresivo y su injusticia.
LECCIÓN IV
SOCIEDAD. ACEPCIONES: El término sociedad, como todos los
vocablos utilizados por la ciencia política, es
usado con tanta frecuencia y con tantos sentidos diferentes,
que ese valor de uso se proyecta haciéndolo multívoco, fluido y conceptualmente
indeterminado. Esa determinación se observa en su acepción
vulgar, política y sociológica.
ACEPCIÓN VULGAR: Se usa como sinónimo de consorcio, liga,
reunión, círculo, confederación, reunión, compañía, gremio, corporación,
unión. Se la utiliza tanto para referirse a todo el género humano, como a
una relación transitoria.
ACEPCIÓN POLÍTICA: El término ha sido utilizado como sinónimo de
comunidad política, como género de la especie comunidad política y como
antagónica a la comunidad política.
ACEPCIÓN SOCIOLÓGICA: El término sociedad es empleado para designar,
indistintamente: 1) el hecho de la interacción; 2)
las formas de interacción (comunidad, sociedad y
asociación), y 3)) los productos de la interacción, es decir, los
grupos, formaciones o agrupamientos humanos.
CON REFERENCIA AL DERECHO POLÍTICO: En lo que se refiere a nuestra
disciplina, el término social tiene dos sentidos, uno amplio genérico,
otro circunscrito o específico.
En sentido genérico, es el conjunto de interacciones humanas.
En sentido específico, es el conjunto de individuos relacionados
entre sí por la acción recíproca de la vida común.
En su sentido amplio, basta que haya interacción humana para que
exista sociedad; en su sentido limitado, para que haya sociedad
debe existir una formación social o grupo humano,
donde los hombres conviven y actúan recíprocamente relacionados.
SOCIEDAD Y COMUNIDAD DISTINCIÓN: La comunidad es la
unión de personas en forma espontánea, donde no ha influido ninguna
decisión racional, se produce en forma involuntaria. Se distingue
de la sociedad porque esta es la unión de dos o más
personas en forma racional, situación que se produce por una
elección de sus miembros, en forma voluntaria. La comunidad
(tribus, clan) es anterior a la sociedad.
La primera como forma ideal o artificial y mecánica, la
segunda como centro de vida real y orgánica.
TEORÍAS SOBRE LA
NATURALEZA DE LA
SOCIEDAD.
NOMINALISMO: Para el nominalismo no hay sociedad, sino una suma o
adición de seres humanos, que están relacionados. La única realidad es el
individuo y las realizaciones sociales no son otra cosa que producto
exclusivamente individuales.
REALISMO: La sociedad existe como un ser superior a los individuos.
ORGANICISMO: La sociedad es un organismo igual al de los
animales. La base de la vida social no es sicológica sino biológica.
NACIÓN Y ESTADO. CONCEPTOS: Nación es el conjunto de los habitantes de
un país regidos por el mismo gobierno.
Es una comunidad, determinada
objetivamente por el nacimiento o su asimilación y
subjetivamente por nexos sociológicos, como el lenguaje, la religión, los
usos, costumbres y hábitos de vida, y psicológicos, como la
voluntad de pertenencia y conciencia de poseer un origen un destino
común, que se resuelven en determinadas formas de vida en común, cooperación y
solidaridad. No predominan en ella los factores naturales sino
los culturales. Los derechos políticos están reservados a los
nacionales.
ESTADO: Es una sociedad humana territorial y políticamente
organizado mediante una autoridad o gobierno que regula de un
modo determinando la convivencia social.
El Estado es la organización del poder político dentro
de una comunidad nacional, y en este sentido,
una formación social moderna.
Diferencias; La diferencia esencial que existe entre ambos,
es que la nación se forma y tiene vida por la reunión de los elementos
(territorio, población y poder), no siendo por tanto
una creación artificial ni arbitraria, tiene un proceso de
formación generalmente largo. En tanto que el estado es una creación de
los hombres, tiene su origen y existencia en una de esas formas
de interacción, las relaciones políticas.
RELACIONES Y TEORÍAS: La relación entre sociedad y Estado no
es ni de identidad, ni de
oposición. La sociedad es vida humana en interacción y los
productos de esa interacción. El Estado tiene su origen y existencia en
una de esas formas de interacción, las relaciones políticas. Esto lo
convierte en una formación social, en forma de convivencia
entre otras formas de convivencia. La sociedad y el Estado se
encuentran recíprocamente condicionados. Esta es la única relación
general posible.
Las fuerzas o grupos sociales que influyen en la génesis de
la decisión política puede clasificarse del modo sigte.:
1) Grupos estatales, Legislativos, Ejecutivos y Judiciales.
a) Las fuerzas armadas.
b) El grupo tecnoburocrático.
2) Grupos políticos.
a) Los partidos políticos.
b) Las fuerzas políticas no organizadas para la lucha electoral.
3) Grupos de interés.
a) Grupos de presión: operan en lo interior del poder y despliegan poder
económico.
b) Grupos de tensión: operan al margen del poder y despliegan poder
social.
c) Grupos de poder.
EL MANDO EN EL ESTADO: El Estado para contar con
los medios necesarios para mandar, necesita del sujeto
mandado. Una mínima colaboración de éste, es necesaria para la vigencia
de la realización de mando que se da en el poder político.
Si no existe obediencia no hay mando.
LECCIÓN V
EL ESTADO: "El Estado" es esa organización política, esa
estructura política que siempre acompaña a la convivencia. El estado es
el producto de la politicidad esencial del hombre.
La palabra "estado", que históricamente ha aparecido
tardíamente, se quiere reservar para un tipo moderno o contemporáneo de
organización política, para una estructura política histórica, que
corresponde a la poca moderna. Aunque el tipo de
estado moderno haya aparecido en un momento preciso de la civilización, del devenir histórico,
tiene un parentesco, una filiación con el "estado" de cualquier nivel
histórico. Toda forma política -todo "estado"- ha sido un
cierto orden, una cierta justicia, realizados por el
ayuntamiento de los hombres en un régimen sin subordinación a otro, bajo un
mando y con algunas normas.
Llamamos, pues, "estado" a la particular
manera de ser política que tiene la convivencia social,
cualquiera sea el tipo histórico que adopte. La "polis" o la
"civitas" apuntaban principalmente a la comunidad de
ciudadanos, al conjunto de personas con ciudadanía.
EL ESTADO: SU NATURALEZA: El Estado es una
sociedad humana, territorial y políticamente organizada
mediante una autoridad o gobierno que regula de un modo determinado la
convivencia social.
Esa organización no pertenece al reino de la naturaleza, sino al
del espíritu. Es un producto de la cultura, de la interacción
humana. Históricamente y conceptualmente, el poder político es una
creación humana. La organización política no es una formación natural ni
un organismo, sino una formación cultural, en cuya génesis
han gravitado todos los elementos naturales y culturales que lo hicieron
posible y necesario.
Distintas concepciones se han formulado para explicar la
naturaleza del Estado.
TEORÍA SOCIOLÓGICA: Descubren en el Estado una realidad
social, objetiva externa, que deriva de los hombres, pero que no se agota
en los hombres, "la unidad de asociación dotada
originariamente de poder de dominación, y formada por hombres
asentados en un territorio". Se dedican a observar y explicar
su naturaleza sobre la base de fenómenos sociológico de la convivencia humana.
Legitiman al estado por la eficacia de ciertos
impulsos que impelen a los hombres a vivir organizados
políticamente.
Cabe incluir entre las teorías sicológicas las que reemplazan el
impulso social por otros distintos; por ejemplo, por el temor o la
inseguridad-como en Hobbes, que sostiene la formación contractual del
estado en base al deseo de los hombres de salir del estado
de naturaleza violento y bélico-; o por la utilidad y el interés
que reporta la organización política, etc.
Teorías Sociológicas:
a) El Estado como hecho de convivencia.
b) El Estado como hecho de dominación.
c) El Estado como dualidad de gobernantes y gobernados.
d) El Estado como producto de la lucha de clases.
e) El Estado como asociación.
f) El Estado como institución.
g) El Estado como persona moral.
h) EL Estado confundido con alguno de sus elementos.
TEORÍA DEONTOLOGICA: Elaboran un tipo ideal del estudio al
que reputan perfecto de acuerdo al fin que le
asignan. Para una organización política, tenga esencia de
Estado, ha de ser tal como el tipo ideal indica que debe ser, ha de
cumplir el fin que aparece como debido. La naturaleza del Estado se
explica por su fin. Se distingue dentro de ella dos corrientes: a) la de la Escuela de Derecho
Natural, racional e individualista, que reclaman del Estado un fin
concreto; b) la corriente aristotélico-tomista, basada en la noción de que el
fin es parte de la esencia del ser, considerando que esa finalidad es el bien común.
TEORÍA JURÍDICA: Se caracteriza por concebir al Estado como
un sistema de derecho. El orden jurídico que le presta unidad y
le informa es el derecho constitucional. Esa realidad se recubre de
personalidad jurídica y traba una relación jurídica entre gobernantes y
gobernados.
Teorías Jurídicas:
a) El Estado como orden jurídico.
b) El Estado como relación jurídica.
c) El Estado como sujeto de derecho o persona jurídica.
d) El Estado como patrimonio de afectación.
e) El Estado como unidad jurídica.
TEORÍA POLÍTICA; Presenta al Estado como una formación del orden
político como un ente de la realidad social que estéticamente organizado.
La faz dinámica del Estado es política, es acción de gobernantes y
gobernados en común y ello configura un régimen político.
Teorías políticas:
a) El Estado como soberanía.
b) El Estado como empresa política.
c) El Estado como régimen.
d) El Estado como decisión.
e) El Estado como personificación de la nación.
LECCIÓN VI
ESTADO IDEAL Y ESTADO EMPÍRICO: Ideal es un tipo que forjamos
o imaginamos mentalmente, que sirva de modelo, de arquetipo
para que los estados empíricos se aproximen a él. Es un Estado perfecto,
de todos y de cualquiera. No éste, ni aquél, ni la
polis griega o el estado medieval, etc.
También hay un Estado empírico, un estado fáctico,
que cobra existencia particular en el espacio y en el tiempo.
Empírico, es cada Estado concreto que realmente ha existido o existe, con
su grupo humano, su territorio, poder, gobierno, etc.
El Estado concreto tal como es -estados existencialmente
concretos, particulares, empíricos-.
TIPOS HISTÓRICOS DE LOS ESTADOS: A través de la historia, las unidades
políticas que como tipos fundamentales señalan el cambio de las
formas estatales.
EL ESTADO ANTIGUO:
1) ANTIGUO ORIENTE;
Comprende los grandes reinos del antiguo oriente:
Egipto, Babilonia, Asiria, Persia, Israel, es una excepción, Se caracterizan:
* por ser teocráticos; el hombre no era reconocido como persona dotada
de derechos;
* la estratificación social de la población;
* un orden establecido por los reyes-dioses como emanación de poderes
sobrenaturales.
a) GRECIA; La participación política de los ciudadanos.
La organización política en tiempos de Homero comprendía:
* una serie de comunidades gentilicias;
* un poder de tipo patriarcal ejercido por un jefe con el título
del Rey, un consejo de ancianos y una asamblea de los miembros de las familias
y clanes de tribus.
La polis adviene con la desintegración de la confederación gentilicia.
En ella la democracia era directa y activa.
b) ROMA:
* La civitas romana primitiva era una confederación de gentes, curias y
tribus. El Rey, el consejo y la asamblea de todos los hombres de la
curia, componían sus órganos de decisión.
* Bajo la Rca.,
la civitas es una comunidad del pueblo. Tenía un sistema de magistraturas, pero
el órgano clave era el Senado.
* Posteriormente se inicia el Imperio que transforman a la civitas en
ciudad-imperio.
2) ESTADO MEDIEVAL: Es la edad media a la que
por primera vez considera al pueblo como quien otorgaba a la
persona del Rey su representación, considerando el derecho real como el
derivado del derecho popular.
Existe la firme creencia de que el llamado soberano está sometido al
derecho y de que la ley es igual para todos, y alcanzan al Rey y a los
súbditos.
El estado antiguo había sido una unidad interna. La edad
media, al contrario, es pluralista, nos muestra la
multiplicidad de poderes congregados en una pirámide jerárquica. La
primera dicomía, era la de la Iglesia y estado. El problema de las
dos jurisdicciones es permanente de la poca, tanto cuando la Iglesia se ve
plenamente reconocida. De la supremacía espiritual de la Iglesia , deriva la
facultad del Papa de desligar de la obediencia política a los súbitos cuando
los gobernantes incurrían en excomunión o mandaban a lo contrario a la ley
divina.
3) ESTADO MODERNO: Para muchos autores, "el estado" como forma
de organización política aparece históricamente con el advenimiento de la
edad moderna; las unidades que hasta acá hemos analizado no han sido,
para ellos, "estados". "Lo stato" es la
organización política de nuestra poca.
Variantes del Estado moderno:
a) Estado absolutista-monárquico: Se consolida un centro de poder de
carácter absolutista. Se establece la noción de soberanía.
El Rey concentra todas las funciones.
b) Estado liberal: La protección de los derechos individuales, la
división de los poderes y la función del estado limitada a la seguridad,
son sus signos característicos.
La soberanía radica en el pueblo y aparece la idea del imperio de la
ley.
c) Estado totalitario: Se centralizan todos los poderes en manos del
jefe o grupo gobernante.
La soberanía radica en un órgano supremo.
d) Estado democrático-social: Mantiene un régimen de libertad política.
Incorpora formas semidirectas de democracia política.
TEORÍAS RELIGIOSAS SOBRE LA JUSTIFICACIÓN DEL ESTADO: Son las que procuran
fundamentar al estado en un ser superior al
hombre, acudiendo al origen divino del poder como causa eficiente.
1) teorías paganas: Estas teorías bien han
sostenido el origen divino del gobernante, que el estado en sí
mismo. Ejemplo: en las concepciones precristianas o no cristianas, que
hacen del príncipe un dios o semidiós, participante de la naturaleza
divina, o creación especial de la divinidad.
2) teorías del derecho divino: Estas se refieren más
al poder como derecho de mandar o al gobernante como sujeto de ese
poder, que al estado como institución. Postulan que
Dios elige a la persona del gobernante -concretamente, al
monarca- y le confiere la investidura del poder en forma
sobrenatural, preternatural o providencial, es decir, al
margen de los medios normales del orden natural de las cosas.
El estado no nace, según Stahl, por un acto de reflexión, sino mediante la
providencia divina. La teoría del derecho divino de los reyes implica las
siguientes proposiciones, según resumen de Legón: 1) La monarquía
es una institución de ordenación divina; 2) el derecho hereditario es
irrevocable; 3) los reyes son responsables sólo ante Dios; 4) la no resistencia
y la obediencia pasiva son prescripciones divinas.
3) teorías de derecho divino natural: Son las que sostienen
que todo poder viene de Dios, pero que no existe ninguna forma
política predeterminada y ninguna persona previa
y directamente investida de autoridad.
Tanto la elección de esa forma política como la ley de investidura
del poder quedan libradas a la voluntad de los hombres. Toda
persona está sujeta a las potestades superiores, porque no
hay poder que no venga de Dios; y las que hay, por Dios
han sido establecidas.
2) TEORÍA DE LA
FUERZA : Definen al estado como dominación, como
coacción, como fuerza, como dualidad de gobernantes y gobernados. El estado se
revela como "un poder natural del cual no es posible evadirse",
y se justifica nada más que por un fundamento
de fuerza. Que en el origen del Estado hay una citada
fuerza que consiste en la imposición y dominación de un grupo sobre
otro.
3) TEORÍAS NEGATORIAS: Es el anarquismo que dice que
no puede existir el estudio, el hombre es un ente individual
y debe ser gobernado por sí mismo.
Las teorías negatorias, o bien propician la
desaparición del estado actualmente existente, o bien
sostienen que el estado no debe existir, que carece de título justo.
LECCIÓN VII
FIN OBJETIVO: Está dado por
la misma naturaleza de la cosa, o sea, del estado.
Está representado por aquellas doctrinas o sistemas
filosóficos que proponen que el Estado sea quien realice los fines de la
humanidad o materialice el reino de Dios en la tierra. Le
atribuyen al Estado un fin externo impuesto desde afuera, asignándole
un destino o una misión.
FIN SUBJETIVO: Es decir la relación del Estado con
sus fines individuales. Todo acto del Estado tiene que tener un fin
racional, conforme a la conciencia de sus autores. Todo Estado concreto
tiene en cada época fines propios, válidos para sí y para
sus miembros que luchan por realizarlos y que la
significación práctica de la determinación de sus fines,
consiste en que mediante ella se completa la necesaria
justificación política y ecológica del Estado.
FIN PARTICULAR: Son los que incumben a un Estado en un
momento determinado, para los hombres que lo constituyen.
Sostiene que cada Estado ha tenido y tiene fines que le son
enteramente propios y condicionan su situación y destino
histórico.
Así, se sostiene que Roma tuvo por destino la conquista;
Inglaterra la libertad.
FIN ABSOLUTO: Son aquellos que se asignan al Estado
desde una valoración axiológica inflexible que no admiten
desviaciones si atenuaciones. De ningún modo el Estado puede
apartarse de su fin.
FIN RELATIVO: Ellas asignan al Estado un fin concreto y se refiere
alo que el Estado puede hacer con éxito. La doctrina de los
fines relativos, admite que sobre el curso del tiempo y de
la realidad histórica, el fin del Estado varía o se acomoda a
circunstancias.
FIN UNIVERSAL: Los fines universales son los que corresponden al
Estado en abstracto, a todo Estado, a cada Estado. El fin que deben
alcanzar todos los Estados.
FIN EXCLUSIVO: En ella hay que considerar la
protección de la comunidad y sus miembros y la defensa del territorio
contra todo ataque exterior. Su fin consiste en la conservación de sí
mismo y el mantenimiento de la integridad de su modo de obrar, es decir,
la conservación.
2do Curso Ciencias Jurídicas - 1994
Luis Arnaldo Cristaldo-Cód.: 12.981
LECCIÓN IX
ELEMENTOS DEL ESTADO: La estructura del Estado tiene elementos
esenciales y elementos modales.
Elementos esenciales. Determinan la existencia del Estado.
Elementos modales. Condicionan o caracterizan esa existencia.
En conjunto constituyen el
Estado, en cuanto a foma de organización política moderna
Los elementos esenciales de la esctructura son el territorio, la
población, el poder y el derecho. Los elementos modales son la soberanía y el
imperio de la ley. Los elementos esenciales son contitutivos del Estado. no hay
Estado sin territorio, población, poder y derecho. Los elementos modales son
adscriptos a algunos elementos constitutivos y caracterizan a la organización
política.
1) Población o elemento humano:
La población tiene dos aspectos;
1) demográfico cuantitativo: referido a su número y cantidad (densidad)
2) demológico o cualitativo; referido a la raza, herencia y selección.
ASPECTOS CUALITATIVOS Y CUANTITATIVO DE LA POBLACIÓN :
A partir de 1798, fecha de publicación por Malthus de su "Ensayo
sobre los principios de la población2 las cuestiones del número, densidad y
calidad de las poblaciones han preocupado a políticos y estadistas.
Para controlar las migraciones, los movimientos ecológicos, dispersión y
concentración en áreas rurales y urbanas, su crecimiento, homogeneidad o
heterogeneridad, y en forma colateral; la natalidad, mortalidad, educación y
salubridad.
En el aspecto demográfico o cualitativo, la cuestión vinculada al número
o volumen de la población comprende dos interrogantes: primero, sobre el mínimo
indispensable para constituir una forma política o Estado.
Segundo, sobre si existe o no una relación de proporcionalidad entre la
extensión del territorio y el volumen de la población. Mediante la estadística
y la sociometría puede establecerse con relativa exactitud su volumen en un
momento determinado, como así también la tasa o coeficientes de su crecimiento.
Cada Estado tiene su población y si en determinada circunstancia
histórica estima insuficiente su número, puede orientar su política hacia su
crecimiento.
Pero de ahí a qué cantidad es necesario para que exista un Estado, el
número de población, media una gran distancia. Es indudable que tiene importancia
la cifra o volumen de población de un Estado. Pero no en sentido absoluto. Una
población numerosa, por dentro del aspecto cuantitativo, la cuestión vinculada
a la densidad de la población puede reducirse a terminar qué relación existe
entre las áreas de dispersión y concentración de la población y la organización
política, o determinados fenómenos o procesos políticos, en particular.
La dispersión o concentración de la población, en relación con la
extensión del territorio, puede tener influencia en el grado de centralización
o descentralización de la forma política.
La cuestión de la raza como factor que podría influir en: la
heterogeneidad o homogeneidad de la población (sus rasgos físicos); en los
caracteres morales e intelectuales; y en los hábitos y costumbres sociales y
políticas. gravitando directamente en la organización política. Científicamente
se ha definido a la raza como la frecuencia de ciertos rasgos físicos y
hereditarios que distinguen, entre sí a los grupos humanos. Los rasgos físicos
son los elementos objetivos de esa diferenciación entre los grupos.
Término raza, designa un grupo o población caracterizado por ciertas
concentraciones, relativas en cuanto a la frecuencia y atribución, de
partículas hereditarias (genes) o caracteres físicos. El resultado de una
investigación demostró que no existen diferencias fundamentales entre los
grupos sanguíneos de los hombres de diferentes razas.
Estas han sido clasificadas en mongólica, negra, australiana, caucásica,
nórdico, alpino, etc. Pero estas diferencias no esenciales sino somáticas no
permiten sustentar criterios de superioridad o inferioridad de un grupo humano
sobre otro.
Pero el racismo fue y seguirá siendo una forma de insanía, al servicio
de una empresa de depresación de la dignidad del ser humano.
PUEBLO Y ESTADO: Heller distingue claramente entre pueblo como formación
natural o pueblo en el Estado, y pueblo como formación natural o pueblo del
Estado.
La formación natural lo considera en cuento población y en cuanto raza.
Como formación cultural, el pueblo constituye la formación "política"
Los Estados se han formado de grupos raciales y étnicos muy dispersos.
La antropología y la etnología demuestran falacia de la teoría de la raza pura
y el carácter mítico inherente al mismo.
Puede considerarse al Estado como simple función de la unidad o pueblo o
de la nación. El Estado tiene autonomía específica.
El término pueblo, como todos los usados en nuestra disciplina, tienen
diversos sentidos y acepciones. Heller distingue entre pueblo en el Estado y
pueblo del Estado, es decir, pueblo como formación natural y como formación
cultural.
Por nuestra parte, hemos considerado el pueblo como elemento del Estado.
Sánchez Agesta concibe al pueblo como una unidad dentro del orden de la
organización y a la vez como elemento de esa organización. Es decir, como
población ordenada, por una parte, y por otra, como elemento de la organización
constitucional, asumiendo distintas funciones, positivas las unas, negativas
las otras. Kelsen, concibe al pueblo como el ámbito de validez o .......... del
orden estatal.
La población, es decir, la totalidad de los individuos que forman el
pueblo en el Estado, son sujetos activos y pasivos de derechos y obligaciones.
PUEBLO Y ESTADO: El Estado es la estructura política del pueblo. El
Estado como persona no existe, sino por el pueblo. El pueblo es el conjunto
humano gobernado, es decir no gobierna directamente sino por medio de sus
representantes.
BOLILLA X
EL PODER POLÍTICO: Es la actitud, capacidad, energía, fuerza o competencia
de que dispone el Estado para cumplir su fin. El poder político es siempre un
poder dominante. La posibilidad de resistir su coacción no existe, de ahí que cualquiera sea su gradación o jerarquía
se presenta como irresistible.
Hay legimitidad de origen cuando
el gobernante que ejerce el poder ha accedido a él de acuerdo con el
procedimiento previsto en la constitución o en la ley.
CRECIMIENTO Y EXPANSIÓN DEL PODER: El poder político puede crecer,
disminuir, expandirse o retraerse; todo ello depende de múltiples factores.
Así, un factor lógico y sus valoraciones consiguientes pueden debilitar y
limitar al poder para dar, mayor seguridad
a los individuos, respetar sus derechos, dejar campo libre a la
iniciativa privada, ello es perceptible con la influencia de la ideología
liberal en el constitucionalismo moderno; en cambio las concepciones
totalitarias inflan al poder por la cosmovisión absorbente que manejan sus
ideología.
Gobierno: Cúmulo de órganos estatales que tienen a su cargo todas las
funciones del poder estatal, órg. ejecutivo, parlamento y jurídico.
PODER, ÓRGANOS Y FUNCIONES: El gobierno es la organización mediante la
cual la voluntad del Estado su formulada y realizada.
Lo que hace el gobierno en ejercicio del poder se atribuye a la Persona Jurídica
Estado. El Estado actúa a través del gobierno que ejerce el poder.
Órganos: Los órganos del poder en ejercicio de sus funciones son órganos
representativos del Estado. El Estado solo obra por medio de individuos que son
sus representantes, sus órganos o titulares del poder.
La persona física investida de la calidad de órgano no es un sujeto
poseedor de poderes, los poderes son el ente colectivo.
Funciones:
a) Función Judicial: Imparte justicia aplicando la ley está formada por
una primera instancia o juzgados, 2da instancia o Tribunales de Apelación y 3ra
instancia o Corte Suprema de Justicia.
b) Función Legislativa: Hace las leyes. Formando por un congreso,
compuesto de dos cámaras: la de Diputados y Senadores;
c) Función Ejecutiva: Tiene la función gubernativa y administrativa.
Está a cargo del Presidente de la
República , un consejo de estado y ministros.
TEORÍA DE LA
DIVISIÓN DE PODERES: Montesquieu dice que el hombre que tiene
poder, tiende a abusar de él, y que por ello hay que frenar al poder y para
lograrlo inventa la teoría de la división de los poderes: en vez de acumular
todas las funciones un solo órgano, establece varios órganos entre los cuales
reparte las funciones. No es que el poder se divide, porque el poder es único e
indivisible; lo que se divide y separa son los órganos. la división es
separación orgánica (de órganos) y funcional (de funciones) dentro de un mismo
poder.
La separación orgánica y funcional está destinada a actuar como un freno
recíproco entre los distintos poderes, y a originar en las relaciones de los
mismos un mecanismo de equilibrio y contrapeso.
FORMACIÓN HISTÓRICA DEL CONCEPTO: Tiene un origen puramente francés. Se
elabora a través de un proceso que se inicia en el siglo XIII. La soberanía se
presenta como un doble proceso de emancipación llevado a cabo por la monarquía
francesa.
Proceso de emancipación frente al Papado y al Imperio, a su
interferencia en los asuntos internos del reino, y uno frente a inferiores, es
decir frente a los Sres. Feudales. El concepto nace, de la lucha de la realiza
francesa con el Imperio y el Papado, por una parte, y con la Feudalidad por la otra.
EDAD MEDIA: Cuando ya la edad media recalca la división de la
jurisdicción espiritual y de la temporal, se erige a la Iglesia como nuevo poder
frente al Estado. La soberanía empieza a tener elementos para su concepto: la
rivalidad ofensiva o defensiva de los poderes que recíprocamente quieren
desligarse de toda subordinación o traba.
EDAD MODERNA: La soberanía es ya el poder supremo sobre ciudadanos y
súbditos y aparece como elemento constitutivo del Estado hasta entonces, era
atributo personalizado en el gobernante: desde Bodín, la soberanía es reputada
como nota esencial del Estado.
CARÁCTER NEGATIVO DE LA
SOBERANÍA : La soberanía se conceptúa como algo negativo: la
no sumisión o dependencia con respecto a otro poder. La soberanía es la
negación de toda traba o subordinación.
LIMITACIÓN DE LA
SOBERANÍA : La idea de la limitación de la soberanía se ha
engendrado en la noción de que tiene un contenido positivo. A veces tales
limitaciones no existen en el orden positivo, sino en el moral o en lo
trascendente al positivo, y pierden todo su sentido cuando las circunstancias
vigentes en el medio ambiente dejan de apuntar hacia Dios o hacia la moral
objetiva.
Se habla de soberanía limitada si con ello se quiere señalar que el
Estado y su poder tienen una competencia
relativa en función a su fin, y se ubican dentro de un orden natural de
justicia y de derecho positivo que se fundamenta en ese mismo orden.
Cuando el Estado y el orden tienen un fin que cumplir y no limita a
cumplir ese fin. Entonces está limitada la soberanía por el derecho positivo.
* Poder soberano supremo que
tiene un Estado para conseguir sus fines y sugerir a todo otro poder.
ESTADO FEDERAL: Es descentralizado; no existe poder único en el Estado,
sino que existen varios que se distribuyen en provincias y apartamentos.
CONFEDERACIÓN DE ESTADOS: Es una figura de linde internacional se crea
por pacto. Convenio o carta por la cual entra en una liga de amistad de unos
aspectos a otros, de estado entre estados para defenderse.
La soberanía como cualidad del poder no reside en nadie, no tiene
titular, no hay sujeto alguno que sea portador de ello.
SOBERANÍA DEL PUEBLO Y DE LA
NACIÓN : No sale del error de señalar un titular, de la
soberanía. En la tesis de la soberanía popular, se cree que la soberanía se
diluye, cuyos integrantes coparticipación de la soberanía, es como si fuera que
cada individuo fuera titular de esa soberanía. En la tesis de la soberanía
nacional, no se cree en esa coparticipación.
LECCIÓN XI
ORGANIZACIÓN DEL PODER: Formas de Estado: Como se ejerce el Poder. Es la
manera sobre la cual funciona la actividad del Estado. Indica como se ejerce el
poder.
Formas gobierno: Quien ejerce el poder. Es la manera de organizar el
poder, nos indica quien ejerce el poder.
El totalitarismo como forma de Estado: El totalitarismo es una forma de
Estado no democrático, donde no se reconoce la libertad y los derechos del hombre.
Esta doctrina afirma que hombres es el Estado para el Hombre, sino el hombre
para el Estado.
Formas de Gobierno. Clasificaciones:
1. HISTÓRICA.
a) Según Heredoto.
FORMAS DEL ESTADO: Existen dos formas; Unitaria: cuando es centralista o
monopolizado. Ejem. el Paraguay.
Federal: Ejem. Brasil, Argentina, EE.UU.
La forma de gobierno democrático más comúnmente practicada es la
democracia directa, llamada también representativa.
El régimen representativo es definido como sistema constitucional en el
que el pueblo se gobierna por medio de sus elegidos.
FORMA REPUBLICANA. Es una forma de gobierno representativo en el que el
poder reside en el pueblo, personificado y este por un jefe llamado presidente.
Características:
* División de poderes.
* Elección popular de los
gobernantes.
* Periodicidad en el ejercicio
del gobierno.
* Publicidad de los actos de
gobierno.
* Responsabilidad por esos
mismos actos.
* Igualdad de los individuos.
LAS FORMAS DE DEMOCRACIA SEMI-DIRECTA. Estas formas consisten en una
serie de procedimientos a través de los cuales se consulta al pueblo sobre
determinados asuntos políticos.
Estas formas buscan facilitar la expresión política de los ciudadanos y
darles participación en el proceso político.
* Referéndum: Derecho del
pueblo a intervenir directamente en la formulación y sanción de las leyes.
* Iniciativa Popular: Derecho
de una parte del cuerpo electoral a presentar un proyecto de ley.
* Plebiscito: Derecho
reconocido al cuerpo electoral para intervenir excepcional y
extraordinariamente en la ratificación de un acto político, de naturaleza
constitucional o gubernamental. (Consulta popular que se hace si la ciudadanía
esta de acuerdo o no en un proyecto. por ej. La ley del aborto)
* Apelación de sentencias: El
procedimiento mediante el cual se somete a votación del cuerpo electoral una
sentencia judicial que ha declarado la inconstitucionalidad de una norma.
* Destitución popular: Derecho
de una parte del cuerpo electoral a pedir la destitución o separación de
funcionarios.
* Veto popular: Es el
procedimiento mediante el cual se somete a decisión del cuerpo electoral si una
ley está en vigor ha de mantenerse o de ser derogada. (Ver Constitución)
Cuando el poder en relación con los hombres se ejerce respetando la
dignidad, libertad y derechos de la persona humana, tenemos la democracia como
forma de Estado.
La democracia como forma de Estado presupone una forma y un estilo de
vida, que es la convivencia humana en justicia y libertad.
LECCIÓN XII
CONSTITUCIÓN. NOCIÓN: Es la ley primera, fundamental u suprema de la
organización política.
CONCEPTO MATERIAL: Orden concreto dentro del cual actúan las fuerzas sociales,
como una forma de vida o sistema de relaciones.
CONCEPTO FORMAL: Norma de organización, generalmente escrita,
solemnemente formulada por un órgano investido de poder constituyente, que
contiene una parte orgánica y una parte dogmática.
TIPOLOGÍA DE LOS CONCEPTOS DE CONSTITUCIÓN
Escuela Racionalista: Cree que con la razón se puede pensar, programar,
planificar y realizar un orden constitucional afectivo, y entonces, trata
mediante elaboración racional de construir un sistema de normas para regular ese
orden constitucional.
Escuela Historicista. Se opone a la racional porque concibe a la
constitución como un producto de la realidad histórica de cada comunidad, y
cree que ésta no se improvisa, sino que es un orden propio y singular de cada
estado, engendrado por la tradición, el estilo de vida, etc.
Escuela Sociológica. Se opone a la racional y se aproxima a la
historicista, en cuanto considera a la constitución material o real y efectivo
que tiene vigencia. Pero la realidad y eficacia de ese ordenamiento deriva de
las fuerzas políticas que operan en el presente.
CLASIFICACIÓN DE LAS CONSTITUYENTES.
* MATERIAL O REAL. Sinónimo de
constitución vigente, actual y presente.
Es el modo de estar ordenado y estructurado un estado.
* FORMAL O ESCRITA O CODIFICADO.
Es el conjunto de normas que se sistematizan en la unidad de un cuerpo o código
legal, que se considera súper ley, porque es suprema y está por encima de todas
las otras normas del estado.
* NO CODIFICADA O DISPERSA. Es
la que no presenta sus normas en una unidad codificada, sino sueltas, sea a
través de varias leyes o a través de la costumbre.
* RÍGIDA. La que no se puede
reformar mediante una ley común, sino siguiendo un procedimiento especial y
solemne, generalmente a cargo de una asamblea extraordinaria que recibe el
nombre de convención reformadora.
* FLEXIBLE. Es la que se puede
reformar mediante una ley común de acuerdo al procedimiento ordinario de
sanción de las leyes.
CARTA Y PACTO.
Carta. Es sinónimo de constitución moderna, en la que se garantiza, las
libertades y los derechos de todos los hombres. Es escrita y consta de una
parte dogmática y otra orgánica.
Pacto. Antes del constitucionalismo moderno los gobernadores presentaban
una especie de documento que establecía una especie de pacto entre él y sus
súbditos. Los derechos y libertades se limitan a favorecer a un sector de la
población y no a todos.
DISTINCIÓN ENTRE VIGENCIA Y VALIDEZ DE LA CONSTITUCIÓN. La
vigencia ubica en el orden de la realidad, es decir, sin una costumbre política
o una ley contraria a la constitución válida. Estamos en presencia de una
vigencia constitucional opuesta a la constitución válida. Validez se refiere a
2 aspectos: Formal: Aquello que ha sido promulgado de acuerdo con el
procedimiento establecido para su reforma en la constitución.
Constitución vigente, es la ley que rige hoy y validez es el valer que
tiene, el ejercicio Una ley puede perder
validez y no vigencia por no adecuarse a la idiosincrasia del pueblo.
LECCIÓN XIII
PODER CONSTITUYENTE. Es aquella clase de poder en el estado de cuyo
ejercicio es titular el pueblo y a través del cual actúa total o parcialmente
en caso necesario, y cesa cuando ha llenado su objetivo.
Clases.
* Originaria. Porque da origen
al orden jurídico.
* Extraordinaria: Sólo actúa
cuando es necesario dictar o reformar una constitución y cesa cuando ha
cumplido su cometido.
* Suprema: Porque es superior a
todo otro poder.
* Directa: Su ejercicio
requiere la participación directa del pueblo.
* Titulares: El poder
constituyente pertenece a toda la comunidad, ese poder radica en el pueblo, el
pueblo es el sujeto titular del mismo.
LIMITACIONES AL PODER CONSTITUYENTE. El poder constituyente está
limitado por el derecho natural o la justicia, que impone criterios de valor
contra los cuales la voluntad humana no puede válidamente atropellar.
Suelen enumerarse pautas valiosas a las que debe ajustarse toda
constitución, como ser: la dignidad de la persona, los derechos individuales,
la libertad, etc.
SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL. La doctrina de la supremacía constitucional
se refiere al caso del estado que tiene constitución escrita y rígida. A este
tipo de constitución se le considera suprema.
La supremacía de la constitución se basa en los siguientes:
* La constitución es la ley
fundamental.
* La constitución organiza y
limita todos los poderes en el Estado.
* Los jueces son los guardianes
de la constitución.
* Deben mantener su imperio,
rehusándose a aplicar las leyes que estén en conflicto con ella.
CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD. Como la constitución es efectivamente
suprema, se busca un procedimiento de control de constitucionalidad a través
del cual se revisan las normas y los actos para verificar si están o no de
acuerdo con la constitución, y en caso de no estarlo, se los prive de
aplicación.
PODER QUE DECLARA. El control de constitucionalidad consiste en arbitrar
un procedimiento de revisión estableciendo:
* El órgano que ha de llevar a
cabo el control.
* La vía procesal mediante la
cual se provoca a ese órgano que controle.
* El efecto que ha surtir el
pronunciamiento emitido por el órgano que realiza el control.
SISTEMAS.
* Órgano político: Control de
la constitución, su cumplimiento.
* Órgano jurisdiccional:
Declarar la inconstitucionalidad, en nuestro país corresponde a la corte
Suprema de Justicia.
EFECTOS DE LA
DECLARACIÓN.
* Efecto general: El efecto
general, contra todos, cuando la norma o los actos declarados
inconstitucionales quedan derogados.
* Efecto restringido: El efecto
es restringido cuando la norma o el acto se ven probados de validez solamente
en el caso y para las partes que han intervenido en el juicio, pero subsisten
para la generalidad de los demás casos y personas.
* Poder que declara. La Corte Suprema de
Justicia, tiene la facultad para declarar la inconstitucionalidad de las normas
jurídicas y resoluciones judiciales en la forma y con los alcances establecidos
en la constitución y las leyes.
LECCIÓN XIV
TEORÍA DE LOS ACTOS POLÍTICOS.
DINÁMICA POLÍTICA: Estudia las fuerzas políticas que se dirigen hacia el
poder, que se ejercen sobre él, frente a él o contra él.
DINÁMICA ESTATAL Y COMPORTAMIENTOS POLÍTICOS: Las conductas o
comportamientos políticos directamente por los hombres. En este tema se ubican
la participación política, el sufragio, las presiones como medios de influjo,
el liderazgo.
ACTOS POLÍTICOS Y MEDIOS DE ACCIÓN.
Sujetos:
* Unos dicen que es el Estado,
* Otros que es el público,
* O el hombre, individualmente
considerado.
Objeto: El objeto de la opinión pública política es el conjunto de los
fenómenos políticos, la política, el estado, el poder. El objeto puede ser
cualquiera, pero debe ser también público, o sea interesar colectivamente.
OPINIÓN Y OPINIONES PÚBLICAS. Hay muchas opiniones públicas políticas,
por el simple hecho de que hay también muchos grupos de opinión dentro del
público.
El público dividido en grupos de opinión que a veces discrepan y a veces
coinciden, originan muchas opiniones públicas políticas. Que haya una sola o
que hayan varias depende empíricamente de cada situación concreta.
Origen. Proceso.
* Surge un problema, que
provocan a los grupos a opinar.
* Se analiza el problema, se lo
somete a examen y permite formar juicios acerca del mismo.
* Se forman opiniones
individuales sobre el tema.
* Se opera el ingreso y la
recepción de las mismas en la generalidad del grupo social.
* Surge la opinión pública política.
Difusión. La opinión se hace pública y cobra notoriedad a través de los
medios masivos de comunicación y difusión, por medio de la publicidad de la
propaganda. Estos medios varían según la estructura de esa sociedad determinada
y según la incidencia que los ámbitos donde la opinión surge, tienen en esa
sociedad.
Otras veces se insertan en el ámbito común en forma profunda y
clandestina, esta es la técnica de los rumores.
FORMAS DE EXPRESIÓN DE LA OPINIÓN PÚBLICA.
Publicidad: La materia sobre la cual se opina se pone a conocimiento de
todos.
Propaganda: Tiende intencionalmente a influir sobre las ideas del
público.
LECCIÓN XV
LAS PRESIONES SOBRE EL PODER ESTATAL.
CONCEPTO: La presión es una fuerza o influencia que tiende a condicionar
y motivar la toma de decisiones por parte de quienes ejercen el poder, con el
fin de que esas decisiones satisfagan los intereses que importan a aquel que
presiona.
LOS FACTORES DE PRESIÓN. Concepto: Son poderes sociales, que influyen
sobre el poder político, pero no son poderes políticos, no tienen y no ejercen
el poder político, aunque si invisten el carácter de fuerzas políticas.
Clases: Los sujetos que presionan son hombres y estos pueden ser:
* Factores individuales: En las
que el sujeto que presiona es uno solo. Ejemplo. un líder político, un
diputado.
* Factores colectivos o
plurales: En los que el sujeto que presiona es un grupo organizado o no.
ejemplo. un sindicato, un grupo de trabajadores.
CARACTERÍSTICAS DE LOS FACTORES DE PRESIÓN.
Sujeto: Puede ser colectivo o singular.
Dirección de presión:
* De arriba hacia abajo: El
Presidente de la República
contra el Poder Legislativo para que vete una ley.
* Transitorio: Es la que se
realiza con un fin y momento específico. ejemplo. jubilados frente al
parlamento cuando se discute una Ley que los afecta.
* Ocasional: La que se organiza
espontánea y accidentalmente. ejemplo. La de un grupo callejero que reacciona
frente la policía para que deje en libertad a manifestantes detenidos.
* Latente: La que a modo de
vigilancia y expectativa ejerce una liga de moralidad pública sobre todas las
medidas oficiales que inciden en el pudor público.
GRUPOS DE PRESIÓN: Es aquél organizado para la defensa de sus intereses
propios de naturaleza diversa, que actúa sobre los órganos responsables del
Estado para conseguir los beneficios que pretende.
Los grupos según sus intereses pueden ser económicos, religiosos,
deportivos.
CARACTERÍSTICAS:
* El sujeto es siempre plural.
* Tienen un interés común
* No persiguen el poder.
* Pueden estar organizados o
no.
* Es una fuerza política que
influencia sobre el poder.
LOS FACTORES DE PODER: Factor de presión y factor de poder no es lo
mismo
El factor de presión se vuelve factor de poder cuando por la intensidad
y generalidad de esa presión llega a estar asociado a la toma de decisiones del
poder político o los condiciona de prestarle atención para gobernar. Ejemplo.
Uniones de trabajadores, partidos políticos, fuerzas armadas, fuerzas sociales,
económicas, iglesias y grupos religiosos en general.
LECCIÓN XVI
LOS PARTIDOS POLÍTICOS. Definición: Es una asociación que aspira el
poder. Es una asociación permanente de individuos organizados en torno de una
ideología política común y de un proyecto político específico que puede ser:
* Llegar al poder.
* Influir sobre el poder y
participar en su dinámica de alguna manera.
* Controlar el ejercicio del
poder que está a cargo de hombres de otros partidos.
CLASES:
a- Partidos de cuadros: Son los denominados partidos de opinión, se
preocupan más por la calidad de un afiliado que por su cantidad.
b- Partido de masa: Trata de agrupar al mayor número de adherentes y
generalmente es centralista, rígido y autoritario.
c- Partido de derecha: Son los conservadores.
d- Partido de izquierda: Son socializantes.
e- Partido del centro: Son los intermedios.
f- Partidos nacionales: Son los que delimitan dentro de un Estado.
g- Partidos internacionales: Son los que están repartidos en varios
Estados.
h- Partidos puros: Son los que defienden ideologías que atiendan a la
generalidad de la política en todos sus aspectos.
i- Partidos impuros: Son los que reducen a intereses exclusivos de la
sociedad, como los partidos de clase, de raza.
j- Partidos de lucha en el régimen: Acatan resolver los conflictos y
antagonismos dentro del régimen sin negar su legitimidad ni pretender la
destrucción de su institución.
k- Partidos de gobierno: Cuando se hallan en el poder.
l- Partidos de oposición: Cuando no están en el poder.
STATUS DEL PARTIDO POLÍTICO: Para que una organización política tenga
status jurídico y político debe ser reconocido por el Estado.
Cuando el órgano competente no reconoce a un partido, éste carece del
status jurídico y político de tal. Pero esa facultad de personalidad no quiere
decir que carezca de naturaleza sociológica.
Lo que acontece es que el derecho positivo niega a la agrupación que
sociológicamente es un partido, el revestimiento político y jurídico que deriva
del reconocimiento legal.
RÉGIMEN DE PARTIDOS POLÍTICOS Y EL SISTEMA ELECTORAL:
Al difundirse el sufragio, universal y la idea representativa, el
electorado ocupó un plano principal en el Estado moderno. Pero el electorado,
como totalidad de ciudadanos llamados a participar en las consultas políticas
no podía operar en conjunto, necesitaba dividirse en sectores afines que
tradujesen la comunidad de ideas y propósitos de los distintos núcleos.
Surgieron así los partidos íntimamente vinculados a la función electoral,
absorbiendo completamente al cuerpo electoral.
Por intermedio de los partidos políticos se ejerce también la influencia
esencial de los sistemas electorales sobre la vida de un país, y ello en doble
forma, directa, en cuanto un sistema electoral determinado promueve una
determinada organización, de partidos e indirecta, en cuanto organización
partidaria engendrada por el sistema electoral y sistemas de partidos.
EL SUFRAGIO: Es una técnica o un procedimiento institucionalizado
mediante el cual el cuerpo electoral (conjunto de hombres con derecho electoral
activo) hace manifestación de opiniones políticas, con dos finalidades
distintas.
* Para elegir gobernantes.
* Para la adopción de
decisiones políticas.
NATURALEZA JURÍDICA: El sufragio es una función política y pública, pero
no estatal, que ejerce cada hombre con derecho electoral activo, o sea que
normalmente es una función individual.
SISTEMAS DE REPRESENTACIÓN.
* Mayoritario. Consiste en
adjudicar la totalidad de cargos en cada distrito elector, al partido político
que ha obtenido mayor número de votos, excluyendo a todos los demás que
componen la minoría.
* Minoritario: Permite de
alguna manera y con diferentes variedades que alguna o más minorías alcancen
también cargos.
* Mayoría absoluta: Exige que
el partido que triunfa obtenga más de la mitad de los votos emitidos en el
distrito.
* Mayoría simple o relativa:
Cuando se obtiene más votos que otro sin importar el número.