martes, 31 de enero de 2012

Art. 14 Ley General de Educación.

Artículo 14:

La familia constituye el ámbito natural de la educación de los hijos y del acceso a la cultura, indispensable para el desarrollo pleno de la persona.
        Se entenderán las situaciones derivadas de la condición de madres solteras, padres divorciados, la familia adoptiva, grupos domésticos especiales, huérfanos o niños en situaciones de riesgo.

Haciendo comentario breve al referido artículo debemos incentivar a los padres de familia, tutores, responsables, hermanos, familia toda el esfuerzo por realizar un "seguimiento" académico a los "educandos",no podemos cargar con toda la responsabilidad sin tener la "garantía" de que los saberes facilitados son solo dentro de las horas de clase y que al llegar a casa...son ignorados.

Busquemos la manera de lograr el "compromiso" de todos los actores de la educación, para poder empezar el cambio de conducta que deseamos para así mejorar nuestra educación.

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