FINANZAS
PÚBLICAS
LOS ILÍCITOS TRIBUTARIOS
PARTE
DEL CAPITULO VII
CONCEPTOS,
DIFERENCIAS, SANCIONES Y EJEMPLOS DE
EVACION
FISCAL, ELUSION TRIBUTARIA Y DEFRAUDACION FISCAL
- EVACION FISCAL –COMPECPTO
*EVASION
FISCAL: es un acto ilegal, que consiste
en ocultar bienes o ingresos con el fin de pagar menos impuestos
*DIFERENCIAS:
la evasión consiste en la ocultación de bienes con el fin de
reducir el pago de impuestos
.
*SANCIONES:
La sanción por evasión puede ser de cárcel o multa
*
Sanciones administrativas o pecuniarias.
*EJEMPLOS:
*Cuando
el comerciante decide no facturar sus ventas para no sobrepasar, los
topes para pertenecer al régimen simplificado, o si pertenece al
régimen común, para no facturar el IVA
2-ELUSION
TRIBUTARIA
La
Elusión de impuestos hace referencia a las conductas del
contribuyente que busca evitar el pago de impuestos utilizando para
ellos maniobras o estrategias permitida por la misma ley o por los
vacíos de esta
La
Elusión no es estrictamente ilegal, puesto que no se está violando
ninguna ley, sino que se está aprovechando, mediante una
interpretación en ocasiones amañadas o caprichosas, situación que
es permitida por una ley ambigús o con vacíos.
DIFERENCIAS:
La
Elusión de impuesto busca evitar el pago al fisco, valiéndose de
estrategias permitidas por la ley misma o por los vacíos de esta
EJEMPLOS:
Cuando
un comerciante para no pasar, el régimen común, divide su negocio
en dos partes, de modo que una parte está a nombre de él y la otra
parte a nombre de su esposa u otro familiar.
Se
realiza mediante formas completamente legales.
3-DEFRAUDACION
FISCAL O TRIBUTARIA.
Incurrirán
en defraudación fiscal, los contribuyentes, responsables y terceros
ajenos a la relación jurídica tributaria pero con la intención de
obtener un beneficio, evadiendo para sí o para un tercero, realizare
cualquier acto, aserción u omisión, simulación, ocultación o
maniobra en perjuicio al fisco.
DIFERENCIAS:
La
defraudación fiscal i tributaria busca perjudicar al fisco.
Característica
de defraudación fiscal
Cuantía-Gravedad
Elemento
Subjetivo-Persona.
SANCIONES:
La
defraudación será penada con una multa de entre uno y tres veces el
monto de tributo defraudado, sin perjuicio de la clausura del local
del contribuyente, que hubiera cometido la infracción por un máximo
de 30 días, cuando se verifique cualquiera de los casos previstos en
los numerales 1,4,6,7,8,10,11,13, y 14 del art.174 de la Ley 170/93
.
EJEMPLOS:
Preparar
documentos, libros y expedientes que subestima las ganancias o
exagera los gastos del negocio.
Contrabando
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