ALEGATOS
El alegato es un
vocablo con un significado típicamente forense y consiste en exponer
las razones que se tienen a favor de una persona.
A.- CONCEPTO:
Los alegatos son los argumentos lógicos, jurídicos, orales o
escritos, hechos valer por una de las partes, ante el juzgador, en
virtud de los cuales se trata de demostrar que los hechos aportados
en el juicio y que las normas jurídicas invocadas son aplicables en
sentido favorable a la parte que alega, con impugnación de la
posición procesal que corresponde a la contraria en lo que hace a
hechos, pruebas y derecho.
B.- LOS ELEMENTOS,
que a título personal creemos que son importantes destacar son los
siguientes;
A).-
Se debe de utilizar toda la fuerza lógica necesaria para fortalecer
la postura de la parte que hace valer los alegatos.
B).-
A demás de ser lógicos lo argumentos, deben ser lógicos pues, han
de atender a consideraciones que se relacionen con los aspectos de
aplicación del derecho a la situación concreta de controversia.
C).-
La forma de hacer valer los alegatos hemos anotado que pueden ser
orales o escritas.
D).-
La formulación de los alegatos es un derecho y una carga para la
parte que los presenta.
E).-
Constituyen un acto procesal de la parte que se desarrollan ante el
juzgador.
F).-
Como objetivo de los hechos aducidos, las pruebas aportadas y el
derecho invocado por él como parte, o por quien lo representa,
proceda a una resolución favorable, por haber sido acreditados los
hechos por medio de las pruebas rendidas y por ser aplicables en
sentido favorable las disposiciones que ha invocado.
G).-
En otra sección de los alegatos, éstos tienden a combatir la
posición procesal de la parte contraria, también en lo que hace a
hechos, pruebas y derecho.
LOS ELEMENTOS
PROCESALES DE IMPORTANCIA EN MATERIA DE ALEGATOS:
El momento procesal
oportuno para que se produzcan los alegatos de las partes es al
concluirse la recepción de las pruebas, dentro de la audiencia de
pruebas y alegatos. Los alegatos pueden ser formulados por las partes
directamente, o por conducto de sus abogados o de sus apoderados. En
los alegatos se debe señalar las acciones y excepciones que quedaron
fijadas en la clausura del debate preliminar, así como de las
cuestiones incidentales que surgieran.
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